Thursday 25.04.2024 | Actualizado 11:08 (hace 1990 días)
El Ministerio de Economía y Finanzas acaba de emitir el decreto supremo 070-2017-EF, el mismo que fija la nueva Remuneración Íntegra Mensual de los docentes, en la cual se establece que dicho monto asciende a S/ 59.35 soles por hora pedagógica y le corresponde a la primera escala magisterial. A continuación, explicamos los alcances de este aumento a los docentes y con cifras probables en función a la modificatoria de la Ley de Reforma Magisterial.
La remuneración de los docentes se regula en función a la escala magisterial y a la hora pedagógica que labora un docente, el mismo que hasta este mes es de S/ 51.83 soles; es decir, si un docente trabaja 30 horas pedagógicas y se ubica en la primera escala, su remuneración será de S/ 1554.90 soles (no incluye asignaciones temporales, ni por cargo).
Con la nueva RIM, que es de S/ 59.35, la nueva remuneración del docente que trabaja 30 horas pedagógicas y se ubica en la primera escala, ascenderá a S/ 1780.50 soles. En consecuencia, se observa un aumento de S/ 225.60 soles para estos docentes.
La legislación en materia remunerativa de los docentes, establece aumentos progresivos de acuerdo a la escala en la que se ubica un docente. Por ejemplo, un docente que se ubica en la tercera escala, recibirá un aumento del 20% con respecto a un docente de la primera escala. Algo similar sucede con los docentes ubicados en escalas superiores, tal como es el caso de un docente de la quinta escala, el mismo que puede percibir un sueldo y medio con respecto al docente de la primera escala.
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