Friday 19.04.2024 | Actualizado 11:08 (hace 1984 días)
En la víspera el Gobierno promulgó la Ley 30297, estableciendo que todos los niños hasta los 12 años de edad que viajen en vehículos en movimiento deberán estar firmemente asegurados en el asiento posterior.
La norma, publicada en el diario oficial El Peruano prevé que en caso de una parada o desaceleración brusca inesperada o colisión, los niños no sean empujados contra el interior del vehículo o salgan expulsados de este.
En adelante, es obligatorio el uso de Sistemas de Retención Infantil (SRI), conocidos como “silla de bebé 0 niño”, así como cinturones de seguridad universal en el interior de los vehículos, para niños de hasta doce años de edad.
La norma dictaminada a inicios de diciembre 2014 por el Congreso de la República, especifica que la “silla de bebe o niño” deben ir firmemente asegurado en el asiento posterior del vehículo; por tanto, protegido de posibles lesiones.
Según la norma, las sillas de retención infantil (0 a 3 años) deberán estar colocados mirando hacia el asiento posterior, en sentido contrario a la marcha, es decir, de espaldas al conductor; mientras que los niños de 3 a 12 años, deberán usar cinturones de seguridad.
Asimismo, dispone que toda persona que conduzca un vehículo particular comprendido en la categoría M1 (vehículo de transporte de pasajeros, de no más de ocho asientos además del asiento del conductor), debe asegurar que el menor utilice el SRI.
Las sillas de bebé/niño deberán tener calidad probada, adecuadas para el tamaño y peso de los niños, estar bien instaladas, y cumplir con las condiciones mínimas establecidas en el Reglamento Nacional de Tránsito.
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