Thursday 18.04.2024 | Actualizado 11:08 (hace 1984 días)
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) consideró que la ley N° 30425, que faculta a los afiliados de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a retirar a partir de los 65 años hasta el 95.5 % del fondo de AFP, no aclara si el retiro del fondo se hará de manera parcial o total.
"La Superintendencia de Banca, Seguro y AFP (SBS) anunció que mañana (hoy) aprobará el procedimiento operativo que deben seguir las AFP y los afiliados, el mismo que debe considerar este y otros puntos que ha observado la CCL a fin de contar con una norma clara y precisa", manifestó.
El gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala, consideró que la ley requiere de mayores precisiones porque presenta una redacción genérica que genera muchas dudas entre las AFP y los afiliados.
Cabe mencionar que la ley fue aprobada por el Congreso de la República sin considerar las observaciones que formuló el Poder Ejecutivo el pasado 8 de enero. Así, entre otros aspectos, se debe aclarar, por ejemplo: ¿Con la entrega del 4.5 % a EsSalud, el asegurado y sus derechohabientes tendrán atención médica en EsSalud hasta el fallecimiento del asegurado?
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