17 alcaldes se someterían a la consulta popular de revocatoria


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Escribe: Los Andes | Política - 05 Dec 2016

Los promotores podrán presentar las hasta hoy, la solicitudes de revocatoria ante la ONPE.


Provisionalmente, en 17 distritos y una provincia de la Puno, procederá la consulta popular de revocatoria de autoridades a desarrollarse el próximo año, conforme el portal web de la Sub Gerencia de Verificación de Firmas y Apoyo Técnico Electoral, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Según la referida oficina, hasta ayer, el único alcalde provincial que figuraba para ser sometido a la revocatoria, es de la Municipalidad Provincial de Lampa, Clever Huaynacho Hañari; mientras que en 17 municipios distritales se llevará a cabo esta consulta, tanto a los alcaldes y regidores.

En la provincia de Azángaro figuran los alcaldes y regidores de las municipalidades distritales de Arapa y Santiago de Pupuja; en Carabaya aparecen de Ayapata, Ituata, Coasa; en Puno están Amantaní, Coata y Tiquillaca; en Chucuito-Juli solo aparece la de Huacullani.

Además, complementan las autoridades de los municipios distritales de Orurillo, Santa Rosa y Macarí en la provincia de Melgar; Ocuviri, Palca y Pucará en la provincia de Lampa, y finalmente Phara y Limbani en la provincia de Sandia.

En ese contexto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), estableció disposiciones y requisitos para admitir las solicitudes de revocatoria de autoridades regionales municipales ante este organismo, cuyo plazo legal culmina hoy 05 de diciembre.

Es así que la ONPE, mediante la Resolución Jefatural N° 259-2016, dispuso que las solicitudes se presenten en un formato, que incluye el nombre del promotor o representante, número de DNI, firma, huella digital, entre otros, el cual está disponible en la página web de la ONPE.

Asimismo, estipula que debe incluir la constancia del proceso de verificación de firmas de adherentes emitida por el (Reniec), así como las actas de las etapas de verificación automática y semiautomática de las rúbricas.

De acuerdo a la norma, la Secretaría General de la ONPE evalúa la solicitud de revocatoria y de cumplir con los requisitos legales, se procederá a su admisión; sin embargo, en aquellos casos en que no cumplan; la Secretaría General procederá a denegar, mediante resolución.

Si en caso que las solicitudes de revocatoria sean declaradas improcedentes procederá el recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), instancia que deberá resolver en un lapso de 30 días calendario.

Finalmente, varios promotores que presentaron las firmas al Reniec, pero que no fueron notificados para verificar las firmas de los planillones, denunciaron la confabulación entre esta institución con los alcaldes.

“La presentación de las solicitudes de revocatoria ante la ONPE se realizará hasta hoy 5 de diciembre, organismo que tiene hasta el 4 de enero de 2017 como plazo para resolver los pedidos”, resolución N. 1012-2016-JNE.

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