Thursday 18.04.2024 | Actualizado 11:08 (hace 1983 días)
Mediante resolución Nro 71, la Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima ratificó la resolución Nro 7 del 20avo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente, que declaró concluida la ejecución de la Acción Popular, con lo cual los exdirectores de instituciones públicas buscaban retornar a sus antiguos puestos de trabajo.
Esta Acción Popular fue presentada por los representantes del Sindicato Nacional de Directores y Subdirectores (SINDEP) en contra del Concurso de Acceso a Cargos Directivos 2013, mediante la sentencia N° 6140-2014-LIMA.
Con este fallo de la última instancia, se declara cumplido este proceso, no habiendo derecho a la reposición de los profesores que ejercían cargos directivos hasta el 29 de mayo del año 2013, tiempo en el cual el Ministerio de Educación decidió evaluar y contratar nuevos directores.
Además, el fallo fue positivo debido a que no se adjudicó ninguna plaza ni se retornó a algún directivo a cargo docente en el marco de dicho concurso, el cual fue tomado como constitucional y que jamás se vulneraron los derechos de los exdirectivos.
Cabe indicar que la evaluación excepcional realizada en el año 2014, por el cual se designaron nuevos directores y subdirectores a nivel nacional, fue realizada con posterioridad y por normas distintas que nada tienen que ver con los despidos.
Esto porque dichas normas han sido declaradas constitucionales por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia en la Acción Popular 12875-2014 y que fue resuelta recientemente.
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