SUNAT descarta irregularidades en licitación de servicios


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Escribe: Los Andes | Regional - 23 Sep 2016


El concurso público realizado por parte de la SUNAT para contratar el servicio de carga y descarga para la jurisdicción de Puno, cuya adjudicación se dio el pasado 9 de setiembre, ha cumplido con toda la normatividad vigente señalada en la Ley de Contrataciones del Estado, aclaró la SUNAT, en la víspera.

Por ello, descartó cualquier indicio de direccionalidad o favoritismo a postor alguno. En el proceso se consideraron válidas cinco propuestas de las ocho que se presentaron. Las tres que se rechazaron no cumplieron con las bases del concurso.

Los documentos del proceso (bases, actas, consultas, observaciones, absolución de consultas y observaciones y pronunciamientos del OSCE) se encuentran publicados en el SEACE (Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado) y son de carácter público. Ninguno de los postores que presentó su oferta ha realizado observación alguna a este proceso.

Cabe indicar que la Ley de Contrataciones del Estado vigente para los concursos públicos dispone que en acto público se evalúen las propuestas económicas; en consecuencia, los proveedores presentes y el público en general han tenido conocimiento de la propuesta más conveniente para la entidad.

El valor referencial de este proceso fue de 4 millones 28 mil 779 soles y se adjudicó por 2 millones 904 mil 715 soles al Consorcio Nuevo Horizonte Sur. El mencionado postor tiene su RNP vigente y la verificación de su inscripción para participar en el proceso es automatizada y ha sido validada por el SEACE. La Ley vigente no establece restricción a que un proveedor participe de un proceso en base a la antigüedad de su inscripción.

De manera similar, el Comité Especial a cargo del proceso verificó que al tener el RNP vigente el postor tiene todas las facultades que prevé la ley para participar en esta licitación. Es decir, los representantes del consorcio, al no tener ninguna condena o sentencia judicial, no están impedidos de contratar con el Estado.

Es importante indicar que si antes de firmar contrato cualquier proveedor es retirado del RNP, se le quitará la buena pro y se procederá a evaluar la siguiente propuesta válida en estricto cumplimiento de la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. Sobre el proceso en sí, se estaría cuestionando que no se ha considerado la experiencia del postor.

Al respecto, se debe señalar que la experiencia del postor es un criterio de calificación opcional, y para este caso el área usuaria que solicitó el servicio no consideró necesario incluirlo, buscando favorecer la participación de postores, y permitiendo asegurar la presentación de propuestas y posterior contratación.

Se inscribieron al proceso 22 postores, se presentaron 8 propuestas, se admitieron y calificaron 5. Sobre una supuesta relación de un trabajador con el postor ganador, la SUNAT verificó que el presidente del comité no tiene vínculo sanguíneo ni de afinidad con el postor ganador.

Debe precisarse que aún no se ha firmado el contrato, como tampoco se ha consentido la buena pro al postor ganador, estando en plazo para que las empresas puedan presentar el recurso de apelación ante el tribunal de contrataciones del Estado.


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