Las elecciones para elegir al rector y vicerrectores de la Universidad Nacional de San Agustín (UNSA), programadas para el viernes 3 de julio, fueron suspendidas por disposición del Poder Judicial. El Primer Juzgado Constitucional emitió una medida cautelar que ordena dejar sin efecto el cronograma electoral vigente y reincorporar provisionalmente a la lista «Vamos Todos UNSA», que había sido excluida del proceso por decisión del Comité Electoral Universitario (CEU).
La decisión fue adoptada dentro del proceso de amparo presentado por Eloy Armando Vera Medina, representante de la agrupación electoral. El juzgado consideró que existía el riesgo de afectar de manera irreparable el derecho de participación política de los candidatos si las elecciones se desarrollaban antes de resolver el fondo del caso.
Ordenan modificar el cronograma electoral
Como parte de la medida cautelar, el juzgado ordenó al Comité Electoral Universitario emitir, en un plazo máximo de dos días, una nueva resolución para evaluar los documentos presentados por la lista «Vamos Todos UNSA» durante la etapa de subsanación y admitir provisionalmente su participación.
Asimismo, dispuso que el CEU reestructure el calendario electoral para que la agrupación pueda desarrollar su campaña y propaganda en igualdad de condiciones con las demás listas participantes. La resolución también establece que el comité deberá presentar un informe documentado sobre el cumplimiento de la medida cautelar al tercer día de haber sido notificado.
Hasta el cierre de esta edición, la Universidad Nacional de San Agustín no había emitido un comunicado oficial respecto a la suspensión o reprogramación de las elecciones.
La exclusión originó el proceso judicial
La controversia comenzó cuando el Comité Electoral Universitario emitió la Resolución N.° 62-2026-CEU, mediante la cual excluyó a la lista «Vamos Todos UNSA». Posteriormente, declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la agrupación.
La exclusión se sustentó en que el candidato al Vicerrectorado de Investigación, Luis Alberto Alfaro Casas, no acreditó documentalmente que su doctorado, realizado en la Universidad Federal de Santa Catarina, en Brasil, fue cursado bajo la modalidad presencial, requisito contemplado en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNSA.
Sin embargo, el juzgado consideró que la agrupación presentó indicios suficientes para demostrar el cumplimiento del requisito y observó que el plazo otorgado para subsanar la documentación resultó insuficiente, especialmente al tratarse de documentos provenientes del extranjero. También recordó que el grado de doctor del candidato fue reconocido oficialmente por la entonces Asamblea Nacional de Rectores, actualmente Sunedu, desde el año 2003.

