Defensoría pide a hospital de Puno que plantas de oxígeno medicinal cuenten con grupos electrógenos

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Cortes intempestivos de energía eléctrica podrían generar desabastecimiento de oxígeno para atención de personas con COVID-19

La Defensoría del Pueblo demandó al Hospital Regional Manuel Núñez Butrón realizar las coordinaciones necesarias con la Dirección Regional de Salud (Diresa) a fin de contar con un grupo electrógeno y así garantizar el funcionamiento de las tres plantas de oxígeno medicinal que están bajo su administración, cuando exista un déficit en la generación de la energía eléctrica o se produzca un corte en el suministro. 

Este pedido se formuló en el marco de la supervisión desarrollada el pasado 29 de abril a las tres plantas que funcionan en las instalaciones del nosocomio regional, dos de ellas adquiridas por el Gobierno Regional de Puno y una mediante la campaña Oxigenatón, en la supervisión realizada también se constató que de las tres plantas una planta funciona las 24 horas y las otras dos 6 y 12 horas, respectivamente. Asimismo, dos de ellas producen oxígeno de 20 m3 por hora y la otra 40 m3. Una abastece directamente a las camas UCI, mientras que las otras dos abastecen el llenado de cilindros o balones de oxígeno, con una capacidad de producción de 32 y 48 balones por día, respectivamente. 

Además, se visitó el Hospital III de EsSalud Puno verificando el funcionamiento de dos plantas de oxígeno medicinal y un isotanque. Una de las plantas está operativa las 24 horas, mientras que la otra funciona solo 12 horas debido a la carencia de personal para manipular los equipos. La producción de oxígeno por m³ por hora fluctúa entre 12 y 15 balones de oxígeno.

“Las plantas generadoras de oxígeno medicinal deben estar operativas y recibir mantenimiento oportuno a fin de prevenir posibles desabastecimientos y cubrir la demanda de este medicamento para las personas con COVID-19, garantizando su derecho a la salud. Asimismo, como una medida preventiva, las entidades públicas deben gestionar y adquirir los grupos electrógenos que resulten necesarios para garantizar el funcionamiento ininterrumpido de las plantas de oxígeno medicinal”, sostuvo el jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Puno, Jacinto Ticona.

Cabe agregar que, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 010-2021-SA, se establece que los establecimientos de salud deben contar al menos con un sistema alternativo de suministro de oxígeno medicinal con la autonomía suficiente para afrontar las contingencias que se pueden presentar con el abastecimiento o suministro de este medicamento.

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