Bancos pueden dar facilidades a clientes

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SBS autorizó flexibilizaciones con usuarios ante emergencia

Redacción Los Andes

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) facultó a las entidades del sistema financiero a adoptar medidas de excepción para que los deudores (personas naturales y empresas), que se vean afectados por el estado de emergencia adoptado por el coronavirus, puedan cumplir con el pago de los créditos que mantienen vigentes.

Según explica en el oficio 11150-2020-SBS, dichas medidas serán determinadas por cada entidad luego de evaluar el nivel de impacto sobre su portafolio de deudores.

De acuerdo a ello, las empresas del sistema financiero podrán modificar las condiciones contractuales de las diversas modalidades de créditos de manera general, sin necesidad de contactar a cada cliente de manera individual, sin que esta modificación constituya una refinanciación (ni un deterioro en la calificación crediticia de los deudores).

Ello en la medida que el plazo total de los referidos créditos no se extienda por más de seis meses del plazo original y que, a la fecha de la declaratoria de emergencia, los deudores se encuentren al día en sus pagos.

Tratándose de deudores de personas naturales, la referida modificación contractual puede efectuarse sin necesidad de preaviso. Los que no quieran excepciones y deseen seguir pagando, pueden informarlo a sus bancos.

El Banco de Crédito del Perú (BCP) anunció facilidades, como postergar las cuotas de pago (30 a 90 días) y alternativas.

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