Indecopi aclara las matrículas para 2025

Fecha:

Agencias

¿El colegio puede negarse a matricular a mi hijo por deudas en el servicio escolar?, el Indecopi, en su rol de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor indica que la respuesta es sí.

Los colegios privados pueden negarse a matricular a un estudiante si los padres o responsables han incumplido con los pagos pactados en el contrato firmado antes del inicio del año lectivo.

Sin embargo, esta medida es válida solo si dicha condición está claramente establecida en dicho contrato o acuerdo, el cual debe estar disponible para los padres a través de medios físicos o virtuales.

Además, la institución educativa está obligada a informar esta decisión con un mínimo de 30 días calendario antes de que finalice el año escolar.

Este plazo garantiza que los padres de familia tengan tiempo suficiente para buscar otra institución educativa y tomar las medidas necesarias para el traslado del estudiante.

Si el colegio no realiza esta notificación dentro del plazo establecido y, por ende, el usuario del servicio no toma conocimiento estará obligado a proceder con la matrícula del estudiante para el siguiente año lectivo.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Compartir post:

Suscríbete

Populares

Más vistos
Más vistos

Barbarán y compañía en la mira de la Fiscalía

Por: Los Andes La Fiscalía de la Nación presentó una...

Jorge Barata libre de orden de prisión preventiva

Por: Los Andes La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional...

Puno: chofer y copiloto pierden la vida en accidente

Por: Los Andes Un chofer y su copiloto murieron aplastados...