Rentas no declaradas se podrán regularizar

Fecha:

Agencias

Las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales domiciliadas en el país podrán presentar hasta el 29 de diciembre del presente año la Declaración Jurada de acogimiento al Régimen Excepcional del Impuesto a la Renta para que puedan declarar y/o repatriar e invertir en el país las rentas no declaradas generadas hasta el 31 de diciembre del 2022, de acuerdo con la Ley N° 32201.

SUNAT explicó que este beneficio contempla una tasa reducida del Impuesto a la Renta del 7 % o 10 %, en el primero de los casos aplica si el dinero se encuentra en el exterior y es repatriado, mientras que, en el segundo, corresponde al resto de ingresos que califiquen como renta no declarada.

Los interesados en acogerse a este Régimen podrán presentar la declaración jurada a través de la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT. Para ello, utilizarán el formato Declaración Jurada del Régimen Excepcional del Impuesto a la Renta Ley N° 32201, que podrán descargar de internet.

La SUNAT señaló que en dicho documento electrónico se consignará la información relacionada a las rentas no declaradas que serán acogidas.

Compartir post:

Suscríbete

Populares

Más vistos
Más vistos

AREQUIPA: Av. Ejército será repavimentada desde calle Recoleta hasta calle Misti

Con una inversión de S/ 538 614 soles, la...

AREQUIPA: Partidos que no alcancen 10 % en primarias quedarán fuera del proceso 2026

Según la jefa de la ODPE Arequipa, las organizaciones...

Operativo revela graves deficiencias en comisarías de Arequipa

Un diagnóstico preliminar de la Contraloría detecta patrulleros inoperativos,...