Rafael López Aliaga figura como candidato a primer regidor para las Elecciones Municipales 2026. Sin embargo, según un informe publicado por La República, desarrolla una campaña con exposición pública asociada a una eventual candidatura a la alcaldía de Lima. El medio señala que participa en debates y aparece en publicidad exterior.
La particularidad está en las obligaciones de financiamiento electoral. La Ley 32058 modificó el numeral 34.5 del artículo 34 de la Ley de Organizaciones Políticas. La norma establece que las organizaciones políticas y los candidatos, según corresponda, deben presentar información financiera de aportes, ingresos y gastos de campaña. Sin embargo, exceptúa expresamente a los candidatos a regidores municipales y consejeros regionales.
La excepción para candidatos a regidores
La modificación legal fue aprobada por el Congreso y cambió las reglas de presentación de información financiera. La ONPE mantiene la competencia para verificar y controlar externamente la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas.
Para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, la propia ONPE precisó que el numeral 34.5 exime de esta obligación a los candidatos a consejeros regionales y regidores municipales. La excepción no se aplica de manera general a todos los candidatos.
En el caso de López Aliaga, el informe señala que su inscripción corresponde al cargo de primer regidor. Por esa condición, no tiene la obligación legal de presentar un reporte financiero individual de campaña ante la ONPE, de acuerdo con la excepción vigente.
El documento también recoge la explicación de un especialista en marketing político. Cristopher Añanca estimó que una campaña puede implicar costos variables, según el tamaño y las necesidades del equipo. Mencionó montos mensuales de entre S/10.000 y S/30.000 para equipos de menor costo. Para estructuras más sofisticadas, calculó entre S/50.000 y S/100.000 mensuales.
Especialistas cuestionan el alcance de la norma
El abogado electoral Kevin Advíncula sostuvo que la inscripción como regidor no debería impedir que López Aliaga informe voluntariamente sobre el financiamiento de su campaña. Su posición parte de la diferencia entre la obligación legal y la transparencia frente al electorado.
Por su parte, el especialista en derecho electoral Roy Mendoza señaló que la excepción sobre regidores constituye un vacío en materia de financiamiento. Según su interpretación, esta situación limita las herramientas de fiscalización individual de la ONPE.
Mendoza también consideró que el problema puede afectar el derecho de los ciudadanos a recibir información sobre el financiamiento de las candidaturas. Esa apreciación corresponde a su análisis sobre el marco legal vigente.

