Aceptan pedido de apelación de sentencia condenatoria de dirigentes del Valle de Tambo

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Arequipa. El Primer Colegiado Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa concedió recurso de apelación a los tres dirigentes del valle de Tambo que fueron condenados a penas efectivas por diversos delitos cometidos durante las protestas contra el proyecto minero Tía María en 2015.

Los dirigentes son Jesús Mariano Cornejo Reynoso, Pepe Julio Gutiérrez Zeballos y Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos. La Primera Sala Penal de Apelaciones revisará estos recursos en segunda instancia en fecha que se fijará en los siguientes días.

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CASO DIRIGENTES

En el caso de Pepe Julio Gutiérrez Zeballos, quien no presentó su recurso de apelación al correo institucional del área Penal, sino al oficial de la especialista penal a cargo del proceso, dentro del plazo de ley, según se desprende de un informe y con el objetivo de preservar el derecho de defensa; es que el colegiado concedió la apelación de la sentencia del  29 de enero del año en curso que lo condena a 16 años por la comisión del  delito contra el patrimonio en la modalidad de extorsión en grado de tentativa, disturbios y entorpecimiento de los servicios públicos.

Fue igualmente concedida la apelación de sentencia presentada por Jesús Mariano Cornejo, sentenciado a 7 años y 4 meses de pena efectiva y de Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos, condenado a 12 años y 4 meses por los delitos de motín, disturbios y entorpecimiento de los servicios públicos.

El colegiado penal de primera instancia, concedió también la apelación presentada por el Ministerio Público en el extremo de la absolución a Jesús Gómez Urquizo por el delito de extorsión en grado de tentativa y al acusado Jorge del Capio Lazo por el delito de disturbios.

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Asimismo, por los acusados Juan Miguel Meza Igme, Hilario Julio Cornejo Reynoso, Juan José Colquehuanca Chaiña, Richard Hitler Ale Cruz, Martín César Agusto Juárez Bernedo, Esteban Nicomedes Pareja Prado, Luis Alberto Justo Laredo y José Miguel Ramos Carrera por los delitos de disturbios, en concurso ideal con el delito de entorpecimiento de los servicios públicos.

El mismo derecho fue concedido a la Procuraduría Especializada en Asuntos Públicos.

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