El Primer Juzgado Civil de Puno concedió una medida cautelar de suspensión provisional condicionada, ordenando paralizar temporalmente cualquier acción de traslado, mudanza o desocupación física de los servicios asistenciales y administrativos del Centro de Salud Metropolitano de Puno. La resolución suspende provisionalmente los efectos del Memorando N.° 000561-2026-GRP/GGR, emitido el 7 de mayo de 2026.
La medida cautelar fue admitida por el juez Víctor Raúl Ranilla Ramos, tras evaluarse la necesidad de proteger los derechos fundamentales a la salud y la vida de la población usuaria, especialmente en lo relacionado con la continuidad de los servicios médicos, el funcionamiento del programa de inmunizaciones y el mantenimiento de la cadena de frío. Además, el órgano jurisdiccional dispuso que el Gobierno Regional de Puno implemente un establecimiento de salud de contingencia que cumpla las condiciones técnicas, sanitarias y de bioseguridad establecidas por ley.
Asimismo, el juzgado ordenó que el Gobierno Regional de Puno, la Dirección Regional de Salud Puno o la Red de Salud Puno presenten un Plan de Contingencia e Inmunizaciones debidamente aprobado, junto con la certificación técnica que garantice que el local de destino cuenta con infraestructura adecuada y sistemas necesarios para asegurar la cadena de frío y el funcionamiento del laboratorio referencial. La suspensión cautelar tendrá carácter temporal y quedará sin efecto una vez que las entidades acrediten el cumplimiento de las exigencias técnicas y sanitarias dispuestas por el órgano jurisdiccional.
Redacción: Patricia Cari

