Mayhc Vizcarra
El procurador de la Municipalidad Provincial de San Román, Rolando Málaga Quispe, interpuso una denuncia penal en contra de Nicolás Brenner Parada Pari, exadministrador del Terminal Terrestre de la ciudad de Juliaca.
A Parada Pari se le acusa de incurrir en el delito contra la administración de justicia, en su modalidad de fraude procesal, como exadministrador del Terminal Terrestre.
El segundo implicado en la denuncia es Damián Yucra Coari, como cómplice primario, en su condición de ex subgerente de Recursos Humanos; él firmó una constancia de trabajo favoreciendo al exadministrador.
De los hechos, se sabe que el 01 de agosto del 2018, el acusado acudió al Poder Judicial, en la vía contencioso-administrativa, con la intención de que el juzgado lo reconozca como trabajador permanente, y de que lo declare con vínculo laboral por un periodo de 2 años y 7 meses sin contrato alguno, solo con una constancia de trabajo firmada por Yucra Coari.
La denuncia precisa que, de manera dolosa, “los acusados pretenden sorprender al órgano jurisdiccional alegando como fundamentos de hecho en su demanda, haber ingresado a la municipalidad el 24 de noviembre del 2015”.
Lo curioso es que Parada Pari usa como principal argumento que nunca firmó un contrato con la municipalidad, pero que aún así merece ser nombrado como trabajador.
El denunciado precisa que hasta el 22 de febrero del 2018, cuando concluyeron sus funciones, se desempeñó en otras áreas, como la de Capacitaciones; sin embargo, esta dependencia no existe según el CAP de la Municipalidad de San Román.
El procurador, para dejar nulo el pedido del acusado, argumenta que este fue designado en el cargo de confianza mediante resolución de Gerencia Municipal Nro 228-2015, como administrador del terminal zonal, y que concluyó sus funciones con el mismo conducto legal, el 22 de febrero del 2018, mediante resolución Nro 075-2018, por lo que no amerita una reincorporación, menos un nombramiento.
Finalmente, en la denuncia se precisa que el acusado ha recurrido al Poder Judicial pretendiendo, dolosamente, exigir un derecho que no le corresponde.
Según al artículo 416 del Código Penal, el que por cualquier medio fraudulento induce a error a un funcionario o servidor público para obtener resolución contraria a la ley, será reprimido con una pena privativa de libertad no menor de 2 ni mayor a 4 años.