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Graciela Chipana afronta juicio por presunta discriminación contra un niño con autismo

Según la acusación fiscal, Chipana habría cuestionado el ingreso del menor a su aula y planteado que necesitaba una “maestra sombra”. Esta figura corresponde a una persona que brinda acompañamiento individualizado a un estudiante durante sus actividades escolares.

El padre del niño declaró que la familia no contaba con recursos suficientes para contratar a una acompañante particular. Según su versión, buscaba que su hijo pudiera acceder a la educación pública sin que su condición representara una barrera.

La investigación también recoge testimonios sobre la presunta negativa de la docente a recibir al menor en el aula. La auxiliar Evita Quispe Martel declaró que la profesora cerró la puerta y dejó al niño en el patio, según la información difundida por Cuarto Podery recogida por Diario Correo. Estos señalamientos forman parte de la acusación y deberán evaluarse en el proceso judicial.

La defensa cuestiona la acusación

El abogado José Domingo Pérez, integrante de la defensa de Chipana, sostuvo que la Fiscalía interpretó equivocadamente las declaraciones de la entonces docente. Según el letrado, sus palabras expresaban preocupación por la atención que requería el menor y no una conducta discriminatoria.

La defensa rechaza la interpretación fiscal de los hechos. La determinación de una eventual responsabilidad penal corresponde al Poder Judicial, tras la evaluación de las pruebas y los argumentos de ambas partes.

Por su parte, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) rechazó los actos de discriminación contra menores con TEA. La institución recordó que las personas con discapacidad tienen derecho a una educación inclusiva y a recibir un trato digno.

¿Qué consecuencias podría tener el proceso?

El abogado penalista Andy Carrión advirtió que una eventual condena firme con inhabilitación podría comprometer la continuidad de Chipana en el cargo público. Sin embargo, el desenlace dependerá de la decisión judicial y de las posibles impugnaciones.

Hasta que exista una resolución definitiva, los hechos atribuidos a la parlamentaria deben presentarse como presuntos. El juicio permitirá determinar si las conductas denunciadas constituyen el delito imputado por el Ministerio Público.

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