Puno: Fiscalía allana cuatro viviendas del Agustín Luque en busca de documentación

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Puno. El Tercer Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Puno realizó ayer el allanamiento de cuatro inmuebles (dos en Puno y dos en Juliaca) del gobernador Agustín Luque y de su esposa, Olinda Emérita Pacheco Aguilar.

En la Ciudad Lacustre se allanó la vivienda ubicada en la intersección de los jirones José Moral N° 154 y E. Ancieta, del barrio San Antonio, a fin de requisar dinero, documentos, computadoras y equipos que constituyan pruebas del delito o que puedan servir para corroborar los hechos denunciados.

Las diligencias estuvieron bajo la coordinación del fiscal William Otazú Pinto, en el marco de la investigación de la Fiscalía Anticorrupción por la presunta comisión del delito de colusión agravada, relacionada con irregularidades en la obra del hospital regional Manuel Núñez Butrón (MNB). 

Como se recuerda, esta obra se adjudicó por 329 millones 373 mil 420 soles al consorcio hospitalario Manuel Núñez, en julio de 2020. La amañada conciliación involucra un desmedro económico en contra del Estado por la suma de 504 mil 727.33 soles.

El gobernador habría concertado la anulación de penalidades al citado consorcio, integrado por las empresas china Railway N° 10 Engineering Group CO. Ltd Sucursal del Perú y Weihai Construction Group Company Limited, cuyo representante legal, Chen Junkun, está no habido.

En el operativo participaron los fiscales Franklin Joseph Chuchullo Huanca, Carlos Jáuregui Huayapa, Christian Arenas Velásquez, Yngrid Keila Gratelli Agramonte y efectivos de la Dirección Contra la Corrupción (Dircocor) de Puno.

Detenidos 

Por cuarto día consecutivo continúan detenidos los investigados Agustín Luque (gobernador regional), Jhon Martínez (asesor legal del GRP) y los abogados Liliana Larico y Hans Larico, del centro de conciliación Mediar Puno. Cabe mencionar que la detención preliminar es por 7 días.

Procurador regional 

El procurador del GRP, Santiago Molina Lazo, señaló que según lo establecido por el artículo 47 de la Constitución Política del Estado, quien representa a la entidad pública en el caso de presentarse una conciliación, es el Procurador Público, el cual ejerce la defensa jurídica de los intereses del Estado.

Acotó que ello se ve corroborado con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1326 y su Reglamento, Ley que Reestructura el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, que crea como ente técnico normativo a la Procuraduría General del Estado.

Asimismo, indicó que un funcionario o autoridad no puede representar a una entidad pública en una conciliación o arbitraje con prescindencia (es decir, sin su presencia) de la Procuraduría Pública.

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