Ordenan paralización de minas de Ananea por muerte de obreros

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Tras los constantes accidentes mortales ocurridos de enero a la fecha, en diferentes operadoras mineras, que en cifras asciende a 10 fallecidos, la Dirección Regional de Energía y Minas DREM –Puno, ha tomado una serie de acciones para evitar más muertes de mineros.

Y es así que los funcionarios de la DREM inspeccionaron a las operadoras mineras con contrato de explotación como son; la Corporación Minera Ananea SA, ubicado en el centro poblado La Rinconada, distrito de Ananea, provincia de San Antonio de Putina, se supo que, la mayoría de los mineros mueren por situaciones carentes en seguridad.

Por ello, la Dirección Regional de Energía y Minas Puno viene intensificando las capacitaciones sobre seguridad y salud ocupacional, es así que los días 29 y 30 de mayo de los corrientes, un importante grupo de profesionales de la mencionada institución, capacitaron de forma simultánea y en diversos horarios hacia el personal minero de las tres cooperativas tales como; Cerro San Francisco, Cooperativa San Francisco y Cooperativa Lunar de Oro y la Central de cooperativas mineras y CMASA. Cabe precisar que en el lugar estuvo presente el titular de la DREM Puno, Rolando Luque Cutipa.

Asimismo, procedieron a notificar a la Central de Cooperativas(CECOMIRL), Corporación Minera Ananea SA y las Cooperativas Mineras: Cerro San Francisco, San Francisco y Lunar de Oro; a efectos de que cumpla con la paralización temporal, para implementar las observaciones o recomendaciones establecidas y presentar los planes de contingencia en el informe que forma parte de la presente disposición en los plazos establecidos, los mismos que serán materia de constatación, bajo apercibimiento de sanción en caso de incumplimiento.

De esta forma la DREM Puno, con el compromiso del gobernador regional Walter Aduviri Calisaya, continuará con más acciones de capacitación sobre temas como la seguridad y salud ocupacional en minería, el proceso integral de formalización minera y el manejo del medio ambiente en toda la región Puno.

Cabe señalar que se ha actuado conforme lo dispuesto por los artículos 237º y 238º del Decreto Supremo Nº 006- 2017-JUS Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, que concluye con la paralización temporal, e inmediata capacitación intensa de todo el personal de operadores mineros adscritos con contrato de explotación con la Corporación Minera Ananea S.A.

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