Escrito por: Miluz Tito Carcausto.
El juez supremo provisional integrante de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, Iván Guerrero López, sostuvo que los profesionales de la salud que incurran en una conducta que genere un daño que puede ser la muerte, lesión grave o leve, pueden ser sancionados con penas privativas de la libertad.
«Las sanciones penales contra la libertad fluctúan entre uno a seis años dependiendo de la magnitud del resultado», dijo el magistrado en una reciente entrevista en relación al fallecimiento de la joven artista, Flor Sheiza Quispe Sucapuca.
La autoridad de justicia afirmó que hay diferentes tipos de responsabilidades en este tipo de acciones médicas: administrativa, civil y penal.
“Las conductas y situaciones agravantes se van a configurar dependiendo de varias razones: En principio no es lo mismo que se genere la responsabilidad penal médica por una lesión leve que si es por una lesión grave o concretamente la muerte de la persona, en cuyo caso es un homicidio culposo”, señaló.
CASO MUÑEQUITA MILLY
De ser declarado culpable, el Dr. Fong estaría en prisión durante 6 años por la muerte de la ‘Muñequita Milly’, en teoría.
(MCTC)