Un adolescente muere dentro de una comisaría. Un artista cae abatido durante una protesta. Mientras ambos casos siguen en investigación, el Congreso impulsa reformas que podrían cambiar quién revisa este tipo de hechos. El debate vuelve a una pregunta central: si las muertes y lesiones en intervenciones del Estado deben seguir en la justicia civil o pasar a un sistema donde policías y militares investigan a otros policías y militares.

Mientras avanzan investigaciones por presuntos abusos policiales desde las protestas de 2020 hasta casos como la muerte de un adolescente en la comisaría de Manchay y el caso del artista «Trvko» durante una manifestación en Lima, el Congreso discute un conjunto de reformas que apunta a modificar el sistema de justicia aplicable a policías y militares.
Las iniciativas legislativas buscan redefinir quién investiga los hechos ocurridos durante operativos, protestas o estados de emergencia, cuando intervienen agentes del orden y se registran muertes, lesiones o denuncias de abuso contra ciudadanos civiles.
Estas propuestas ya superaron una primera votación en el Parlamento. Los proyectos de ley 7238/2023-CR, 7922/2023-CR y 9187/2024-CR alcanzaron 58 votos y esperan una segunda decisión en el Pleno. Si avanzan y el Ejecutivo las promulga en El Peruano, el país modificará la distribución de competencias entre la justicia ordinaria y el fuero militar policial.
Un cambio que redefine quién investiga
Las reformas amplían el alcance del “delito de función” y extienden los supuestos en los que policías y militares pasarían a ser investigados dentro del fuero militar policial. En la práctica, casos vinculados al uso de la fuerza en operativos, patrullajes o estados de emergencia saldrían de la Fiscalía y entrarían a una jurisdicción interna de las propias fuerzas del orden.
El proyecto 7238/2023-CR, impulsado por Roberto Kamiche Morante, introduce el principio de non bis in idem. Bajo esta figura, un mismo hecho no puede tener dos investigaciones paralelas. Si el fuero militar asume el caso, el Ministerio Público se retira del proceso.
Sus defensores aseguran que la medida evita duplicidad de procesos contra efectivos. Sin embargo, el problema aparece cuando una investigación se mantiene solo dentro del sistema militar policial, sin control externo, incluso en hechos donde existen víctimas civiles.
El proyecto 7922/2023-CR, presentado por Manuel Idelso García de el partido Alianza para el Progreso, propone sanciones más severas para efectivos vinculados a organizaciones criminales.

Sin embargo, el sistema penal ordinario ya contempla estos delitos. El artículo 317 del Código Penal sanciona la organización criminal con penas de hasta 15 años. El artículo 279-G castiga el uso y tráfico ilegal de armas con penas que pueden llegar a 20 años cuando existe vínculo con estructuras delictivas.
El debate, entonces, no pasa por la existencia de sanciones, sino por la decisión de trasladar estos casos a un sistema interno o mantenerlos en la justicia ordinaria.

El proyecto 9187/2024-CR, impulsado por Fernando Rospigliosi y Alejandro Muñante, con respaldo de Fuerza Popular y Renovación Popular, plantea el cambio más amplio. Establece que toda actuación policial o militar en operativos, patrullajes o estados de emergencia pase exclusivamente al fuero militar policial.
En la práctica, esto implica que muertes o lesiones durante intervenciones ya no pasarían por la Fiscalía.
Lo que cambia en la práctica

Si estas reformas se convierten en ley, el cambio no será solo administrativo. También definirá quién investiga cuando una intervención del Estado termina en una muerte o en una denuncia de abuso.
Casos como muertes en comisarías, operativos policiales o intervenciones en protestas saldrían del Ministerio Público y pasarían al fuero militar policial, que asumiría su revisión dentro de la propia estructura de las fuerzas del orden.
En ese escenario, la investigación quedaría en manos de una jurisdicción integrada por la misma institución a la que pertenecen los efectivos investigados. Esa situación redefine el equilibrio entre control civil y control interno en este tipo de procesos.
El debate no se limita a un cambio legal ni a una reorganización institucional. Define quién controla el uso de la fuerza del Estado cuando una intervención termina con una víctima civil.
Si estas iniciativas avanzan, una parte de las investigaciones dejará la justicia ordinaria y pasará a un sistema donde policías y militares revisan las acciones de sus propios miembros.
En ese punto se instala la discusión de fondo: hasta dónde puede considerarse independiente una investigación cuando la realiza la misma estructura institucional que ejecutó la intervención. O quienes investigan forman parte de la misma estructura que intervino en los hechos.
Redacción: Alexandra Sanca

