El Indecopi confirmó, en última instancia, la sanción de 450 UIT impuesta a Medifarma S.A. por infringir el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. La empresa fue responsabilizada por distribuir el lote 2123624-1 de suero fisiológico al 9 %, que presentó un defecto y puso en riesgo la salud de los usuarios.
El ndecopi ordenó medidas correctivas reparadoras. Medifarma deberá asumir los gastos médicos de los sobrevivientes afectados y cubrir los costos de sepelio de las víctimas mortales o gestionar los reintegros correspondientes. Para consumidores no identificados, deberá habilitar un procedimiento de atención en un plazo máximo de diez días calendario.
Además, la empresa deberá publicar sus canales de atención en un diario de circulación nacional y colocar un anuncio visible en su web oficial y redes sociales durante seis meses. También deberá implementar un programa de cumplimiento, capacitar a su personal y realizar una auditoría externa.
Redacción: Patricia Cari

